1. ¿Qué pasa si no pagué el arancel o la matricula para la validación de los ramos?
  2. Sobre suspensión de gratuidad, becas y beneficios
  3. ¿Si tengo gratuidad y ya pagué matrícula, se devolverá el monto pagado?
  4. ¿Debo pagar arancel si renuncio?
  5. ¿Debo pagar si suspendo estudios?
  6. Estoy atrasado con las cuotas de mi arancel, ¿cómo puedo regularizar?
  7. ¿Dónde puedo ver las cuotas para el pago de mi arancel?
  8. Traslado de beneficios desde otra Institución
  1. ¿Qué pasa si no pagué el arancel o la matricula para la validación de los ramos?

    Sí no pagaste tu deuda de arancel o de matrícula antes de la validación de tus ramos, aún lo puedes pagar, pero tendrás que modificar tu carga académica a través de portal o verlo con tu coordinador o jefe de carrera.

  2. Sobre suspensión de gratuidad, becas y beneficios

    El Proceso de suspensión de beneficios de arancel (beca, crédito fondo solidario y/o gratuidad), debes hacerlo directamente en la Unidad de Gestión Financiera Estudiantil.

    La solicitud de suspensión de beneficios está condicionado al trámite de suspensión de la carrera. Por lo tanto, para poder solicitar suspensión de la carrera, obligatoriamente tendrás que completar y entregar el FORMULARIO DE SUSPENSIÓN DE BENEFICIOS exigido por Mineduc. Este formulario debe venir acompañado de un documento de respaldo que certifique la causal de suspensión.

    Luego de completar y entregar el formulario, recién estarás habilitado para completar tu solicitud de suspensión de la carrera disponible en: intranet/menú principal/dara/estudiantes/suspensión.

    Luego que la Universidad apruebe tu suspensión de estudios, Gestión Financiera Estudiantil, enviará tus antecedentes entregados al Ministerio de Educación para que evalúe tu solicitud.

    Para descargar formulario y saber que documentos de respaldo entregar visita el siguiente link:

    http://portal.beneficiosestudiantiles.cl/suspension-de-beneficio

  3. ¿Si tengo gratuidad y ya pagué matrícula, se devolverá el monto pagado?

    Una vez que tengamos confirmado el beneficio en la UCSC, se procederá de forma automática a la devolución completa de la matrícula.  Esta información se enviará al correo cuando esté listo el proceso sobre los beneficios de Arancel

  4. ¿Debo pagar arancel si renuncio?

    Al igual que la suspensión de estudios, el arancel se paga de forma parcial hasta la fecha de solicitud de renuncia.

  5. ¿Debo pagar si suspendo estudios?

    De acuerdo a nuestra reglamentación, se paga de forma proporcional a los meses cursados de estudio, por tanto, si suspendes en el mes de desde abril, por ejemplo, se cobrará marzo y abril solamente.

    En el caso que tengas beneficios, deberás completar los formularios que exige el Ministerio de Educación.

  6. Estoy atrasado con las cuotas de mi arancel, ¿cómo puedo regularizar?

    Si estas atrasado en el pago de tus cuotas, lo puedes regularizar a través de las distintas formas de pago, MIS CUENTAS de la intranet, Banco Estado en todas sus plataformas, Banco ITaú y Pago Express.

    En caso de tener otro tipo de requerimientos, lo podrás realizar de manera no presencial en el portal. Revisa ATENCIÓN/CONSULTAS VIA PORTAL.

  7. ¿Dónde puedo ver las cuotas para el pago de mi arancel?

    Puedes ingresar en PORTAL DEL ESTUDIANTE, icono MIS CUENTAS.  Asimismo, también podrás hacerlo en el nuevo portal de pagos express UCSC https://intranet7.ucsc.cl/aplicaciones/dyssae/finanzas/mis-cuentas/index.php/login

  8. Traslado de beneficios desde otra Institución

    Revisa los requisitos que debes cumplir para poder trasladar el beneficio desde la otra institución a la Universidad Católica de la Santísima Concepción.

    Al momento de matricularte en la Institución debes manifestar tu intensión de trasladar tu beneficio de tu antigua casa de estudios.

    Pincha el siguiente link para ver que documentos debes presentar:

    Portal Becas y Creditos _ CAMBIO DE INSTITUCION