Despacho de correspondencia deudores en morosidad en cumplimiento a lo establecido en el Decreto 297 que regula la Ley 19.989.
Se informa cuota anual del año a deudores con cuotas fijas
Febrero
Publicación en un diario de circulación nacional de nómina de deudores, que posean cuotas impagas al 31 de diciembre del año anterior.
Marzo
Fecha de entrega información cuotas en mora para la retención de impuestos a Tesorería General de la República.
Habilitación de aplicación Declaración Jurada de Ingresos para los créditos solidario (Ley N° 19.287) y crédito universitario (Ley N° 19.848), en sitio web http://fscu.ucsc.cl .
Habilitación para descarga del formulario Postergación de cuota anual en sitio web http://fscu.ucsc.cl .
Abril
Formalización de ingreso vía web de la Declaración Jurada de Ingresos, disponible en nuestro sitio web http://fscu.ucsc.cl, con su correspondiente instructivo de llenado; para el cálculo de cuota anual del 5% de los ingresos percibidos año anterior.
Mayo
El último día hábil del mes de mayo, vence impostergablemente el plazo de recibo de las declaraciones de ingresos de Crédito Solidario (Ley Nº 19.287).
Vence plazo para entregar declaración de ingreso crédito universitario reprogramado (Ley 19.848).
Vence plazo para solicitar postergación cuota anual de crédito solidario (Ley 19.287) y de crédito solidario reprogramado (Ley 19.848). Presentar certificado de alumno regular del año junto a formularios respectivo.
Vence plazo para pagar en la Empresa ORSAN las cuotas del crédito solidario deudores cruzados.
Junio
Cálculo cuota anual en base a las Leyes N° 19.287 que corresponde al 5% de los ingresos y la Ley N° 19.848 que corresponde al 5% de los ingresos sólo de deudas pactadas a 10 años.
Julio
Envío de email y carta certificada con el cálculo de su cuota anual del crédito solidario (Ley 19.287).
Envío de email y carta certificada con el cálculo de su cuota anual del crédito solidario (Ley 19.848).
Publicación de deudores en sistemas de información comercial y financiera de carácter público, que posean cuotas impagas al 31 de diciembre del año anterior.
Septiembre
Protesto de pagarés en la Cámara de Comercio de las deudas extinguidas el año anterior y aquellas que no hayan sido protestadas con anterioridad.
Diciembre
Vence el plazo para pagar las cuotas del crédito fiscal universitario, crédito universitario, crédito solidario y crédito reprogramado (Ley 19.848).
Condonación de saldo del deudor que habiendo cumplido con los años que le corresponda (12 a 15 años, según número de cuotas que se le hayan girado), y que esté al día en sus pagos al 30 de diciembre del año vigente, esto por el sólo Ministerio de la Ley N° 19.287. Artículo 8°.